Reabren la investigación por asesinato contra 'la etarra de las mariscadas' al estimar que el atentado no estaba prescrito
ResumenSobre la etarra de las mariscadas se cierne de nuevo el riesgo de una larga condena. El Tribunal Supremo ha anulado la decisión de la Audiencia Nacional de archivar por prescripción la investigación contra Natividad Jáuregui por el asesinato del teniente coronel Ramón Romeo Rotaeche en 1981. Al apodo de Pepona empleado el comando Vizcaya, la etarra sumó el de las mariscadas por las fotografías en redes sociales que aparecieron cuando fue localizada en Gante (Bélgica), donde pasó décadas huida de la Justicia y trabajando en una brasserie. Tras mucha resistencia de la Justicia belga, fue entregada a España en 2020 y enviada a prisión preventiva.
Sobre la etarra de las mariscadas se cierne de nuevo el riesgo de una larga condena. El Tribunal Supremo ha anulado la decisión de la Audiencia Nacional de archivar por prescripción la investigación contra Natividad Jáuregui por el asesinato del teniente coronel Ramón Romeo Rotaeche en 1981. Al apodo de Pepona empleado el comando Vizcaya, la etarra sumó el de las mariscadas por las fotografías en redes sociales que aparecieron cuando fue localizada en Gante (Bélgica), donde pasó décadas huida de la Justicia y trabajando en una brasserie. Tras mucha resistencia de la Justicia belga, fue entregada a España en 2020 y enviada a prisión preventiva. Sin embargo, quedó en libertad tras archivarse el procedimiento por prescripción. La Audiencia Nacional mantuvo contra ella otras medidas cautelares, a la espera de que se resolvieran los recursos contra el archivo, pero el Tribunal Constitucional atendió su petición y ordenó retirarlas. Ahora el Supremo estima los recursos del fiscal de Sala Javier Zaragoza y de la familia del asesinado. En una decisión dividida -tres votos contra dos-, el tribunal ordena que el procedimiento siga adelante en la Audiencia Nacional, donde la etarra podrá ser juzgada y, eventualmente, condenada. El Supremo aclara que su decisión no supone reactivar las medidas cautelares anuladas por el Constitucional. Será la Audiencia Nacional la que decida si debe imponerlas de nuevo. La clave de la decisión es que el Supremo considera que el plazo de 20 años de prescripción del asesinato quedó interrumpido por un auto de la Audiencia Nacional de 1989 que reabrió el caso contra otro etarra. No se reabrió directamente contra Pepona, pero la resolución buscaba aclarar la intervención de varios miembros del comando que ya habían sido identificados en las declaraciones, entre otros Natividad Jáuregui. No se trató, por tanto, de un mero papeleo del juzgado ni de una investigación genérica sobre la banda terrorista, sino de una actuación judicial precisa y con contenido que alcanzaba a Pepona. De la resolución del Supremo ha sido ponente el magistrado Pablo Llarena y la suscriben el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, y Vicente Magro. A favor de la prescripción se mostraron Susana Polo y Javier Hernández. El asesinato se produjo en Bilbao el 19 marzo de 1981, cuando Romeo Rotaeche salía de misa en la Basílica de Begoña. Según los investigadores, le dispararon por la espalda Pepona y otro miembro del comando. La etarra se ocultó en Francia, México y, finalmente, Bélgica. En 2013 fue detenida en Gante, pero la Justicia belga denegó la euroorden, cuestionando las garantías para ella en España. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenara a Bélgica por esa decisión sin base alguna y en 2020 ingresó en una cárcel española. Quedó libre tres años después, cuando la Audiencia Nacional acordó la prescripción que ahora el Supremo revoca.