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Expansión ·

El veto catalán a los pisos turísticos, bajo la lupa de la UE

Resumen

El largo pulso que mantienen el Ayuntamiento de Barcelona y los propietarios de viviendas que cuentan con licencia turística llega a Bruselas. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de preinfracción a España, ante el plan de la ciudad de retirar todas las licencias a finales de 2028. Se trata de un mecanismo que el Ejecutivo comunitario activa cuando detecta una posible infracción del derecho europeo o que un Estado ha transpuesto de forma incorrecta una directiva. Bruselas no facilita datos sobre cuántos expedientes de este tipo está tramitando, pero sí que los detalla por temáticas en su portal de transparencia.

El largo pulso que mantienen el Ayuntamiento de Barcelona y los propietarios de viviendas que cuentan con licencia turística llega a Bruselas. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de preinfracción a España, ante el plan de la ciudad de retirar todas las licencias a finales de 2028. Se trata de un mecanismo que el Ejecutivo comunitario activa cuando detecta una posible infracción del derecho europeo o que un Estado ha transpuesto de forma incorrecta una directiva. Bruselas no facilita datos sobre cuántos expedientes de este tipo está tramitando, pero sí que los detalla por temáticas en su portal de transparencia. Esta web también recoge que, al decreto catalán 3/2023, se suman las normativas autonómicas de Baleares y Canarias y la del Ayuntamiento de Toledo. Un procedimiento de preinfracción es el paso previo al inicio de un expediente sancionador oficial y, con esta vía, el Ejecutivo comunitario busca una resolución rápida y acordada para evitar un litigio ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este órgano puede imponer sanciones si aprecia vulneraciones, aunque las causas suelen demorarse muchos años. En el caso barcelonés, la prohibición municipal tiene fecha de entrada en vigor: el 9 de noviembre de 2028. Son exactamente cinco años después de la aprobación de la normativa catalana. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y el Supremo avalaron los límites municipales. ¿Por qué esta cuestión llega a instancias comunitarias? La elevó la European Holiday Home Association (EHHA), entidad paraguas que aglutina a asociaciones nacionales de alquileres de corta estancia. Según dice, la norma catalana vulnera el derecho a la propiedad privada y a la libertad de empresa, establecimiento y prestación de servicios que recogen la Carta de Derechos Fundacionales y el Tratado de Funcionamiento de la UE. A finales de octubre, el TJUE anuló en la denominada Sentencia Smart Flats la regulación de la región belga de Bruselas. Para la secretaria general de la EHHA, Catherine Starkie, su decisión “envía una señal clara a las ciudades de toda la UE: las normas que regulan los alquileres a corto plazo deben demostrarse necesarias y proporcionadas, y la discrecionalidad debe estar limitada”. Según aseguró, los límites no pueden decretarse “sin evidencia de un impacto real”. Precisamente, es lo que dice la Directiva de Servicios de la UE (2006/123/CE), que sólo permite introducir topes si se acredita su necesidad de forma proporcional y no discriminatoria. Estos supuestos figuraban en la propuesta de reglamento sobre la Ley de Vivienda Asequible, cuyo borrador dio a conocer la Comisión en septiembre y que ahora debe negociarse con la Eurocámara y el Consejo. El texto abogaba por la regulación de los arrendamientos a corto plazo, siempre que sea proporcionada. Tanto el Ayuntamiento de Barcelona como la Generalitat aseguraron que su apuesta por la regulación tenía encaje, pero los empresarios del sector señalaron lo contrario. Ámsterdam y París también han endurecido las normas, al igual que la región de Bruselas. Además, Nueva York puso fin a esta actividad, aunque en su caso nunca concedió licencias. El decreto catalán se impulsó en la anterior legislatura, bajo la presidencia de Pere Aragonès (ERC). En 2024, le sustituyó Salvador Illa y en su partido, el PSC, hay diversidad de opiniones. La apuesta por la prohibición de Jaume Collboni contrasta con la “libertad” que defiende su homólogo de Salou (Tarragona), Pere Granados. Lo que hace el decreto catalán, que ahora Bruselas estudiará, es dar carta blanca a los 261 municipios catalanes que tienen problemas de acceso a la vivienda, más de cinco pisos turísticos por cada 100 habitantes o ambos supuestos a la vez. Nunca podrán sobrepasar el umbral de diez. Si los consistorios dan nuevas licencias, deben autorizar explícitamente esta actividad en los planes urbanísticos y justificar que hay suelo residencial disponible. Si conceden nuevos permisos, durarán cinco años. Barcelona dio licencias sin fecha de caducidad hasta 2014, cuando activó una moratoria inicialmente temporal. En 2017 se prorrogó sine die y, desde entonces, el número de licencias sólo ha crecido por sentencias judiciales hasta un total de 10.627. El consistorio asegura que los pisos deben servir para vivienda y prevé aprobar a finales de año un alza del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a estos activos de entre el 50% y el 150%, en función del número de licencias que tenga un mismo dueño. Mientras, ciudades como L’Hospitalet, Cornellà, Esplugues, Sant Feliu y Sant Adrià de Besòs secundan la vía prohibicionista de la capital catalana.