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Expansión ·

Hacienda se prepara para embargar ayudas públicas a los morosos de la Administración

Resumen

El Gobierno ultima un sistema informático que permita a Hacienda embargar el pago de ayudas públicas a los morosos de las administraciones. El llamado punto neutro de embargos permitirá al Estado cruzar diariamente los datos de ingresos, desembolsos y deudas de todas las administraciones públicas, incluyendo la estatal, las autonómicas y locales, para evitar que alguien que arrastre una deuda con cualquiera de ellas pueda acceder al cobro de recursos del erario público como beneficiario de los pagos de otra diferente. Así consta en el borrador del Real Decreto por el que se aprueba el reglamento que crea y regula el punto neutro de embargos, que el Ministerio de Hacienda mantiene actualmente, hasta el próximo 25 de junio, sujeto al trámite de audiencia e información pública. La iniciativa parte de las propuestas impulsadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), creada por el Consejo de Ministros en octubre de 2012 con el objetivo de modernizar las Administraciones Públicas y convertirlas en un motor de la competitividad de la economía española.

El Gobierno ultima un sistema informático que permita a Hacienda embargar el pago de ayudas públicas a los morosos de las administraciones. El llamado punto neutro de embargos permitirá al Estado cruzar diariamente los datos de ingresos, desembolsos y deudas de todas las administraciones públicas, incluyendo la estatal, las autonómicas y locales, para evitar que alguien que arrastre una deuda con cualquiera de ellas pueda acceder al cobro de recursos del erario público como beneficiario de los pagos de otra diferente. Así consta en el borrador del Real Decreto por el que se aprueba el reglamento que crea y regula el punto neutro de embargos, que el Ministerio de Hacienda mantiene actualmente, hasta el próximo 25 de junio, sujeto al trámite de audiencia e información pública. La iniciativa parte de las propuestas impulsadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), creada por el Consejo de Ministros en octubre de 2012 con el objetivo de modernizar las Administraciones Públicas y convertirlas en un motor de la competitividad de la economía española. Partiendo de esta premisa, la legislación de la factura electrónica del sector público previó que la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los órganos de recaudación de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, la Tesorería General de la Seguridad Social y los órganos pagadores de las Administraciones Públicas intercambiarían la información sobre deudores de las Administraciones y los pagos a los mismos a fin de poder dictar las diligencias de embargo procedentes. El llamado punto neutro de embargos diseñado por Hacienda, y que gestionará la Agencia Tributaria, busca materializar ahora ese cruce de información "evitando con ello que quien sea deudor" de cualquier ente público "pueda llegar a percibir un pago a su favor de cualquiera otra Administración". La nueva aplicación informática supone un hito inédito, al materializar de facto una forma de colaboración estable e institucionalizada del Estado en la recaudación ejecutiva a través de los embargos oportunos para cubrir las deudas pendientes. En caso de concurrir reclamaciones de diferentes administraciones sobre un mismo deudor, la reasignación de los fondos embargados se efectuará respetando el orden de prelación normativa vigente en cada caso. El reglamento establece, en todo caso, una serie de pagos públicos que quedarían excluidos de la posibilidad de ser embargados aunque los beneficiarios mantengan deudas con las administraciones. Conforman este universo de rentas blindadas el pago de retribuciones del personal público, esto es las nóminas de los funcionarios; las pensiones del Régimen de Clases Pasivas; las prestaciones económicas e la Seguridad Social; las devoluciones tributarias por ingresos indebidos; o los pagos destinados a financiar a las comunidades autónomas y entidades locales, los derivados de los fondos de compensación territorial; o los abonos comprometidos en divisas. Quedan sujetos a un posible embargo, por tanto, el resto de pagos, incluyendo los de facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre administraciones y proveedores de bienes y servicios, o cualquier otro tipo de pago a liberar, como los ligados a subvenciones públicas. La plataforma realizará cruces automáticos de información para determinar los embargos que procedan pero promete ser garantista (ver información adjunta) con los deudores afectados. Dado el elevado número de entes estatales, regionales y locales susceptibles de operar en la nueva plataforma, reconoce Hacienda, resulta necesario que todas las actuaciones de embargo remitidas por las diferentes Administraciones utilicen un mismo sistema de firma electrónica, a fin de que esta armonización operativa "minimice posibles incidencias técnicas". Para dar margen a la puesta en marcha, el borrador del Real Decreto establece que la entrada en vigor del reglamento no se tendrá lugar , con carácter general, hasta transcurrido un año desde la publicación del texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este es el plazo que regirá para la Administración General del Estado, la Seguridad Social, las comunidades autónomas, las capitales de provincia, las diputaciones provinciales, forales y consejos insulares, así como los municipios con más de 75.000 habitantes. Para las poblaciones de menor tamaño, sin embargo, Hacienda tiene previsto dejar de margen seis meses más, alcanzando el año y medio. Los pueblos de menos de 20.000 vecinos recibirán además apoyo y medios técnicos de sus correspondientes diputaciones. Además, la Agencia Tributaria podrá establecer una fase piloto de seis meses durante el estreno de la plataforma informática. El sistema, por tanto, podría no llegar a estar plenamente desarrollado hasta inicios del año 2028.