La Justicia da la razón a Broncano
ResumenHa pasado casi una década desde que condenaron con 5.000 euros a El Terrat, la productora de David Broncano , por un sketch del presentador en ‘Locomundo’ en el que se reía de los coaches . En este sketch, el ahora presentador de ‘La Revuelta’ llamó a los coaches “charlatanes, sinvergüenzas y vendehumos” , lo que llevó a la Federación Internacional de Coaching a poner una demanda. Tal y como constaba en acta, fueron condenados. Sin embargo, en un giro de los acontecimientos, un tribunal ha decidido anular dicha condena al entender que estos mensajes que profirió el humorista “se hacen en un tono jocoso” , por lo que estaban protegidos por la libertad de expresión .
Ha pasado casi una década desde que condenaron con 5.000 euros a El Terrat, la productora de David Broncano, por un sketch del presentador en ‘Locomundo’ en el que se reía de los coaches.
En este sketch, el ahora presentador de ‘La Revuelta’ llamó a los coaches “charlatanes, sinvergüenzas y vendehumos”, lo que llevó a la Federación Internacional de Coaching a poner una demanda.
Tal y como constaba en acta, fueron condenados. Sin embargo, en un giro de los acontecimientos, un tribunal ha decidido anular dicha condena al entender que estos mensajes que profirió el humorista “se hacen en un tono jocoso”, por lo que estaban protegidos por la libertad de expresión.
La Audiencia Provincial de Madrid entiende que las expresiones que utilizó Broncano pudieron ser “vejatorias” en caso de ser analizadas de manera aislada, pero “en el contexto de un programa de humor” prevalece la libertad de expresión.
“Fueron para hacer una crítica a esa actividad desarrollada, pero no en su consideración de asociación, sino de forma expresa por la incidencia que en la sociedad tiene esta actividad como es el coaching”, añaden los jueces.
De hecho, insisten en que hay que ver esa edición de ‘Locomundo’ del 2017 para deducir que “esas expresiones se hacen en un tono jocoso”.
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Una condena que fue dirigida contra El Terrat, pero también contra Telefónica dado que se trataba de un canal de Movistar Plus+, lo cual han corregido ahora los jueces, que consideran que no fue correcto: “Telefónica de España, no es por lo tanto la prestadora de dicos servicios, sino la entidad Telefónica Audiovisual Digital, pues no es ni la productora del programa, ni la editora del programa, ni tampoco la propietaria del canal”.
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