El juez del caso cloacas descarta imputar por ahora al PSOE por financiación ilegal
ResumenEl juez de la Audiencia Nacional que investiga las cloacas socialistas ha descartado imputar «en este momento» al PSOE como persona jurídica por distintos delitos, entre ellos, cohecho y financiación ilegal, siguiendo la línea de la Fiscalía Anticorrupción y desestimando de esta forma la ... En un auto, recogido por ABC, el magistrado afirma que «con lo actuado no se acredita lo que se viene denominando un principio de prueba para atribuir» la condición de investigado a los socialistas. «Aunque los hechos pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE, no se incorpora aún un elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad», incide. El instructor aclara que «el principio de prueba (antesala de los indicios, luego racionales de criminalidad y tras ello prueba) es un dato, elemento o fuente objetiva que proporciona un apoyo mínimo a la realidad del hecho afirmado».
El juez de la Audiencia Nacional que investiga las cloacas socialistas ha descartado imputar «en este momento» al PSOE como persona jurídica por distintos delitos, entre ellos, cohecho y financiación ilegal, siguiendo la línea de la Fiscalía Anticorrupción y desestimando de esta forma la ... petición del Partido Popular. En un auto, recogido por ABC, el magistrado afirma que «con lo actuado no se acredita lo que se viene denominando un principio de prueba para atribuir» la condición de investigado a los socialistas. «Aunque los hechos pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE, no se incorpora aún un elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad», incide. El instructor aclara que «el principio de prueba (antesala de los indicios, luego racionales de criminalidad y tras ello prueba) es un dato, elemento o fuente objetiva que proporciona un apoyo mínimo a la realidad del hecho afirmado». «No demuestra el hecho, pero le da una base objetiva», explica.Y ello requerirá «practicar determinadas diligencias, algunas acordadas ya», como el requerimiento de información al PSOE o el análisis de la documentación incautada, y otras por fijarse, siendo la más relevante la declaración sin fecha del presunto líder de la trama: el ex secretario de organización de la formación Santos Cerdán. El magistrado recoge la doctrina del Tribunal Supremo y explica que la imputación de la persona jurídica exige que concurran varios requisitos: la comisión de un delito susceptible de generar responsabilidad penal para la persona jurídica por parte de sus representantes legales, de quienes están autorizados para tomar decisiones en su nombre o de quienes ostentan facultades de organización y control dentro de la misma; en nombre o por cuenta de la persona jurídica; en su beneficio directo o indirecto; y sin que se hubieran implementado medidas de control y supervisión para prevenirlo.Con el foco en el PSOEAclara, en este sentido, que «no basta con que directivos o empleados hayan cometido delitos», sino que «debe acreditarse un defecto estructural de organización, control y supervisión dentro de la entidad». «Debe existir un beneficio directo o indirecto para la organización. Con ello, habría que valorar la eventual e indiciaria atribución de responsabilidad criminal al PSOE por los delitos presuntamente cometidos por su secretario de organización y gerente en el ejercicio de sus funciones.», continúa.El magistrado avanza su línea de actuación. Antes de decidir sobre la posible imputación del PSOE deberá «concretar si los pagos hechos» a Leire Díez y al resto de investigados «fueron ordenados» por Cerdán «y satisfechos directamente por éste desde cuentas de titularidad de la entidad para la comisión del ilícito encargo, permitiendo establecer una conexión objetiva entre la actuación de aquél y la estructura patrimonial de la organización». En su resolución, el magistrado indica que también pretende «concretar quién ordenó materialmente esos pagos; quién estaba autorizado para disponer de las cuentas; cómo fue contabilizado; qué concepto se hizo constar en la transferencia o contabilidad; si existían facturas, contratos u otros documentos destinados a proporcionar una cobertura aparente al pago; quién autorizó o validó internamente el gasto; si intervino el departamento financiero o contable y si existían límites o doble firma para determinadas disposiciones».Por último, Pedraz ahondará en «si los órganos de administración conocieron los pagos; si existieron alertas internas y, en su caso, cómo fueron tratadas, además de desgranar si el sistema de control permitió pagos de esta naturaleza sin comprobación alguna». Será «una vez practicadas» esas diligencias cuando, concluye, «se podrá pues decidir» sobre la hipotética imputación del PSOE. Hasta entonces, el magistrado recuerda que Cerdán «puede declarar en cuanto lo estime conveniente». Anticorrupción ve indicios de delitoFue este jueves cuando el departamento contra la corrupción que encabeza Alejandro Luzón entregó su informe a Pedraz, en el que explicaba que ve indicios de delito surgidos en la investigación practicada hasta ahora en el Juzgado Central 5. Sin embargo, la Fiscalía considera prematuro solicitar ya la imputación porque aún quedan diligencias necesarias por practicar, entre ellas, la declaración del exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán.Anticorrupción se expresó así después de que el PP presentase un escrito en el que pidió la imputación del PSOE al considerar que la trama liderada por Santos Cerdán «dispuso de los medios operativos, logísticos y financieros» para sufragar la persecución a jueces y fiscales.Los populares afirman que la investigación del magistrado Santiago Pedraz ha «venido a confirmar» que el PSOE «sufragó» los «gastos de la organización criminal por indicación del entonces secretario de Organización», Santos Cerdán, el presunto líder de la trama junto con la exmilitante Leire Díez.