Un hombre con discapacidad cobra dos veces la misma prestación y ahora tiene que devolver 20.000 euros
ResumenUn hombre con discapacidad tendrá que devolver cerca de 20.000 euros tras haber cobrado durante años dos veces la misma prestación sin ser consciente de ello. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que ha dado la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en este caso. La historia se remonta a 2004 , cuando el afectado —identificado como Raimundo— comenzó a percibir una pensión de orfandad tras el fallecimiento de su padre. Esta ayuda incluía además un complemento por discapacidad superior al 65% , que cumplía con los requisitos establecidos.
Un hombre con discapacidad tendrá que devolver cerca de 20.000 euros tras haber cobrado durante años dos veces la misma prestación sin ser consciente de ello. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que ha dado la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en este caso.
La historia se remonta a 2004, cuando el afectado —identificado como Raimundo— comenzó a percibir una pensión de orfandad tras el fallecimiento de su padre. Esta ayuda incluía además un complemento por discapacidad superior al 65%, que cumplía con los requisitos establecidos.
Sin embargo, años después, en 2012, su madre solicitó una prestación similar por hijo a cargo con discapacidad, que también fue concedida por la administración. Durante más de una década, ambas ayudas coexistieron sin que se detectara la duplicidad.
El error sale caro
No fue hasta 2023 cuando la Seguridad Social revisó el caso y detectó el cobro indebido. Tras ello, inició un procedimiento para reclamar la devolución de 19.182 euros, cifra que finalmente se elevó hasta casi 20.000 euros.
En un primer momento, un juzgado de Murcia rechazó la reclamación, pero el INSS recurrió la decisión. El caso llegó entonces al Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que ha terminado fallando a favor de la administración.
La sentencia reconoce que el error inicial fue del propio organismo público. No obstante, considera que el beneficiario contribuyó a esa situación al solicitar una prestación que ya estaba recibiendo.
“Enriquecimiento injusto”, según el tribunal
El tribunal sostiene que esta duplicidad supone un “enriquecimiento injusto” y vulnera el principio de igualdad en la aplicación de la ley. Por ello, ordena la devolución íntegra de las cantidades percibidas de forma indebida.
Además, la resolución subraya que este tipo de situaciones, aunque no exista mala fe, pueden tener consecuencias económicas importantes para los ciudadanos. El caso pone de relieve la complejidad del sistema de prestaciones y la importancia de revisar cualquier ayuda concedida para evitar duplicidades.
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