Bruselas amplía el expediente a España por sus trabas a la opa de BBVA sobre Sabadell
ResumenLa Comisión Europea ha anunciado hoy que enviará una nueva carta de emplazamiento a España. Lo hace en el marco del expediente que abrió el pasado año por las irregularidades detectadas en la legislación nacional de la que se sirvió el Gobierno para trabar la OPA de BBVA sobre Sabadell. La institución europea entiende que España sigue vulnerando la regulación relativa al Mecanismo Único de Supervisión, la de requisitos de capital y los Tratados de Funcionamiento de la Unión Europea en lo referente a la libre circulación de capitales y el derecho de establecimiento, es decir, sus artículos 49 y 63. Esta situación se ha agravado ahora con la entrada en vigor de la directiva de Requerimientos de Capital (CRD VI), que aún no se ha transpuesto a la legislación española pese a que el plazo máximo vencía el 10 de enero de 2026.
La Comisión Europea ha anunciado hoy que enviará una nueva carta de emplazamiento a España. Lo hace en el marco del expediente que abrió el pasado año por las irregularidades detectadas en la legislación nacional de la que se sirvió el Gobierno para trabar la OPA de BBVA sobre Sabadell. La institución europea entiende que España sigue vulnerando la regulación relativa al Mecanismo Único de Supervisión, la de requisitos de capital y los Tratados de Funcionamiento de la Unión Europea en lo referente a la libre circulación de capitales y el derecho de establecimiento, es decir, sus artículos 49 y 63. Esta situación se ha agravado ahora con la entrada en vigor de la directiva de Requerimientos de Capital (CRD VI), que aún no se ha transpuesto a la legislación española pese a que el plazo máximo vencía el 10 de enero de 2026. Los últimos acontecimientos "refuerzan aún más las preocupaciones ya expuestas en la carta de emplazamiento de 2025", subraya el comunicado redactado por el gabinete de Maria Luís Albuquerque, comisaria europea de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales. La Comisión explica que ha actualizado la evaluación jurídica en la que se basa el expediente y que "ha incluido las disposiciones pertinentes de los nuevos textos entre las infracciones identificadas". "Nuestro caso sobre el incumplimiento de España del derecho comunitario es más fuerte ahora con la no transposición de la CRD VI", indican fuentes comunitarias. Estas mismas fuentes aseguran que los problemas de fondo siguen siendo los mismos, es decir, una excesiva discrecionalidad del Gobierno para trabar operaciones corporativas avaladas por las autoridades competentes. Tras este nuevo movimiento, la Comisión Europea da dos meses al Gobierno para contestar a esta nueva carta antes de dar el siguiente paso en el procedimiento de infracción: la publicación de una opinión razonada. El proceso seguiría su curso hasta acabar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que podría imponer multas en caso de que certifique ese incumplimiento. Desde el Ministerio de Economía aseguran que el Gobierno "está trabajando intensamente en la transposición de la nueva directiva" con el objetivo de reconocer "la competencia exclusiva del BCE y del Banco de España en materia de supervisión prudencial de las fusiones bancarias, sin perjuicio del papel de otras autoridades en el marco de sus competencias, como es el caso de la CNMC". Qué quiere ver Bruselas El objetivo principal de Bruselas no es que el Gobierno elimine sus trabas adicionales a la opa de BBVA, que ya descarriló, sino que España lleve a cabo un cambio legislativo. Es por eso que el procedimiento sigue su curso pese a que la transacción no se ha llevado a cabo. El cambio legislativo que busca la Comisión Europea en España supondría modificar la regulación que permitió que se impusieran barreras adicionales a la integración de las entidades en lo que se consideraba una transacción de mercado. A juicio de Bruselas, sólo debería haberse visto sometida a la luz verde del Banco Central Europeo (BCE) y de la CNMC. El Ejecutivo comunitario fija la vista directamente en la disposición adicional decimosegunda de la Ley 10 de 2014 y en el artículo 11 del Real Decreto-ley 84 de 2015. Estas dos normativas deberían someterse a una profunda modificación para retirar ese poder de veto sobre operaciones bancarias. Además, la Comisión también considera que los artículos 60 y 10.4 de la Ley de Defensa de la Competencia de 2007, que confieren la capacidad de endurecer o suavizar las condiciones de una operación corporativa en base al interés general, deben matizarse y orientarse. Con estos últimos cambios se estaría buscando un uso justificado, proporcional y excepcional de los criterios de interés general como razón para analizar una transacción y que, en este caso, no se habrían dado. "Las fusiones y adquisiciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la consecución de la Unión Bancaria", asegura la Comisión Europea, que señala que "estas fusiones también garantizan una distribución eficiente del capital en toda la UE y que los ciudadanos y las empresas tengan acceso a productos financieros a precios competitivos, un objetivo clave de la Unión de Ahorros e Inversiones".