La Justicia ordena a la Comunidad de Madrid la creación del registro de objetores del aborto
ResumenLa Comunidad de Madrid tendrá que iniciar los trámites para crear el registro de profesionales sanitarios objetores al aborto. Así lo ha estipulado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha ordenado al Ejecutivo regional que ponga en marcha los procedimientos para implantar el ... listado de sanitarios que no realizan estas prácticas en la región, un protocolo que fue consensuado en el seno del Consejo Interterritorial de Salud. La resolución no implica la creación inmediata del mismo, apunta el tribunal en una nota.El TSJM se pronuncia así en respuesta a la solicitud de medida cautelar que planteó el Ministerio de Sanidad para que la Comunidad de Madrid pusiera en marcha ese registro ante la negativa del Gobierno regional a crearlo al considerar que se utilizaría para señalar a los profesionales.
La Comunidad de Madrid tendrá que iniciar los trámites para crear el registro de profesionales sanitarios objetores al aborto. Así lo ha estipulado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha ordenado al Ejecutivo regional que ponga en marcha los procedimientos para implantar el ... listado de sanitarios que no realizan estas prácticas en la región, un protocolo que fue consensuado en el seno del Consejo Interterritorial de Salud. La resolución no implica la creación inmediata del mismo, apunta el tribunal en una nota.El TSJM se pronuncia así en respuesta a la solicitud de medida cautelar que planteó el Ministerio de Sanidad para que la Comunidad de Madrid pusiera en marcha ese registro ante la negativa del Gobierno regional a crearlo al considerar que se utilizaría para señalar a los profesionales. Así, la resolución impone la obligación al Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso de iniciar los trámites administrativos necesarios para su elaboración y aprobación, en cumplimiento de la normativa vigente.El tribunal considera que el interés público asociado al cumplimiento de la normativa y a la coordinación del Sistema Nacional de Salud justifica la adopción de la medida cautelar solicitada. Asegura además que el registro de objetores tiene una finalidad organizativa «destinada a mejorar la gestión de la prestación sanitaria y a garantizar tanto los derechos de las mujeres como los de los profesionales sanitarios».Noticia relacionada general No No El Consejo de Estado avisa al Gobierno: blindar el aborto exige una reforma constitucional agravada Paloma EstebanPor su parte, fuentes de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid aseguran que esta resolución «no cambia nada». Insisten en que el TSJ solo acepta la medida cautelar e insta a iniciar los trámites, pero sin entrar en el fondo del asunto. Aun así, sostienen las mismas fuentes, recurrirán esa cautelar. «La Comunidad de Madrid ya está cumpliendo con la garantía al derecho de objeción de conciencia de los médicos y con la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo», defienden. Los argumentosEsta decisión llega después de que la Administración General del Estado solicitara la adopción de una medida cautelar para obligar a la Comunidad de Madrid crear el registro al amparo de los artículos 129 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que regulan la tutela cautelar en los procesos contencioso-administrativos. La reforma de la ley del aborto, en su artículo 19.ter, establece la existencia de ese registro en cada autonomía. La Abogacía del Estado sostuvo que la ausencia de esa herramienta «supone un supuesto de inactividad administrativa frente a una obligación legal concreta y determinada» y defendió que su creación «permite planificar adecuadamente la prestación sanitaria, garantizar la igualdad en el acceso a la misma y proteger simultáneamente el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia por parte de los profesionales sanitarios».La resolución, dice el tribunal, no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, previa interposición de recurso de reposición ante la propia Sala en el plazo legalmente previsto, lo que ya ha anunciado que hará la Comunidad de Madrid. Fue la reforma de la ley del aborto de Irene Montero la que estableció la creación de un registro de objetores El registro de objetores al aborto es una de las medidas que estableció la reforma de la ley del aborto que en 2023 aprobó Irene Montero cuando se encontraba al frente del Ministerio de Igualdad. Se trata de un listado autonómico, al que solo deben tener acceso los responsables de la gestión de los centros, en el que figuren los nombres y apellidos de ginecólogos, anestesiólogos, médicos de familia, enfermeras y matronas que se nieguen a participar en abortos aludiendo a su objeción de conciencia. Sin embargo, en más de una ocasión los profesionales han manifestado su temor a que ese registro se pueda llegar a usar para discriminarlos.