El juez procesa a Begoña Gómez por cuatro delitos y la deja a un paso del banquillo
ResumenEl titular del Juzgado 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, da por concluida la investigación contra la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y propone juzgarla por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. procedimiento y deja a un paso del banquillo a la asesora de Moncloa Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés. En su auto, el magistrado da cinco días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral y, si así lo consideran, que presenten sus escritos de conclusiones de cara al mismo. El instructor considera que «desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional».
El titular del Juzgado 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, da por concluida la investigación contra la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y propone juzgarla por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. También continúa el ... procedimiento y deja a un paso del banquillo a la asesora de Moncloa Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés. En su auto, el magistrado da cinco días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral y, si así lo consideran, que presenten sus escritos de conclusiones de cara al mismo. El instructor considera que «desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional». Según el juez Peinado, Begoña Gómez habría aprovechado su «relación personal» con Pedro Sánchez «y de éste con el resto de la administración facilitándose así el acceder, gracias a esa posición, a interlocuciones institucionalmente excepcionales y a que la sola condición de esposa de sirviera para influir, y todo ello con el añadido de haber realizado reuniones» en el Palacio de la Moncloa. Eso apuntala, afirma, los indicios en su contra por el delito de tráfico de influencias.Noticia relacionada general No No La acusación pide el salario completo de la asesora de Begoña Gómez y la vida laboral de la mujer del presidente Carmen Lucas-TorresEl juez considera en su auto de continuación del procedimiento que la mujer de Sánchez integró «en su patrimonio personal» parte de los fondos recabados de tres grandes compañías para poner en marcha la cátedra extraordinaria de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigió a pesar de no contar con una licenciatura. El instructor considera que Begoña Gómez debe ser juzgada en relación con el de corrupción en los negocios afirmando que «fue la impulsora de la captación de fondos privados e, indiciariamente, no para la cátedra universitaria pública (lo cual era solo en apariencia), sino para integrarlo en su patrimonio personal». Y ello ofreciendo como contraprestación la ventaja competitiva de las referidas empresas, en un trato privilegiado o de cercanía con la administración pública aprovechando ser su esposo el presidente del gobierno de España, siendo todas esas empresas, grandes empresas españolas, partícipes en numerosos procedimientos de licitación pública. «La carta de apoyo a la Unión Temporal de Empresas vinculada al investigado Juan Carlos Barrabés Cónsul es la prueba indiciaria de reciprocidad más alegada por las partes en el presente procedimiento«, considera.Respecto del propio Barrabés, el juez deja claro que su participación en los hechos no se limitar a que «impartiera dos clases en el máster» que codirigía Gómez. El magistrado cree que «existe un intercambio entre la ayuda al proyecto» de la mujer del presidente del Gobierno «y apoyo institucional-académico a intereses empresariales del grupo Barrabés, siendo su participación, por tanto, como poco, en grado de cooperación».La asesora en Moncloa dio «apariencia institucional»En cuanto a Cristina Álvarez, el instructor la señala por participar en la captación de fondos, en la interlocución con Google y otras empresas, en el seguimiento del software y por su presencia en diversas reuniones. Destaca además que fue «reconocida por terceros como integrante del equipo de la cátedra, dando apariencia institucional al proyecto, por lo que su mera presencia podía aumentar el peso de las peticiones formuladas en favor de Gómez. Su participación en los hechos puede calificarse, según el juez, «como presión moral ante quien debía decidir, y, por lo menos puede calificarse, en esta fase procesal como cooperadora necesaria de la presunta autora principal, pues su participación, en la percepción de los interlocutores, excedía de lo meramente protocolario y la ubicaba como miembro del equipo del proyecto». El magistrado también se refiere a la relación entre Gómez y su asesora para fundamentar el procesamiento por un delito de malversación. A su juicio, la esposa del presidente «solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto como la interlocución con universidades, patrocinadores y partners; seguimiento de la cátedra; gestiones sobre el software; asistencia a reuniones técnicas; y desarrollo del proyecto tecnológico».El juez cree que se apropió del 'software'En lo relativo al delito de apropiación indebida, el juez Peinado considera acreditado de Gómez «recibió el programa de los desarrolladores en el marco de su posición de codirección del proyecto universitario y como destinataria funcional del mismo en representación» de la Universidad Complutense, «sin que posteriormente lo pusiera a disposición» de la misma «ni lo sometiera al cauce institucional correspondiente». El magistrado afirma que Gómez «lo integró en una web de su titularidad y bajo su control, frustrando con ello la obligación de entrega, restitución o sometimiento al destino universitario del bien». «Concurren indicios bastantes de actos de disposición material, funcional y nominativa sobre el activo tecnológico, su soporte digital y sus elementos identificativos incompatibles con su destino institucional y reveladores de su incorporación a una esfera de control ajena a la Universidad Complutense», añade. Por contra, el juez Peinado acuerda archivar el delito de intrusismo por el que venía siendo investigada la esposa de Pedro Sánchez. Y lo hace porque contra Gómez únicamente hay «un indicio endeble»: el informe de una asociación de carácter cuasiprivada. El magistrado, al existir «contraindicios que avalan la posibilidad de la firma» del pliego investigado, acuerda no procesarla por ese delito. La causa contra Begoña Gómez arrancó en abril de 2024, cuando el juez Juan Carlos Peinado admitió una denuncia presentada por Manos Limpias. La causa fue engordando a raíz de querellas presentadas por Hazte Oír y Vox. Eso llevó al magistrado a investigar, por una parte, la relación profesional de Gómez con la Complutense y con empresarios y, de otro lado, si malversó fondos públicos al contratar a Álvarez como su asesora. En caso de abrirse juicio oral, Gómez, Álvarez y Barrabés serán juzgados por un jurado popular, como así lo acordó el juez Peinado.