El Defensor del Pueblo sale en auxilio del Gobierno y lleva el censo de la 'ley de nietos' al TC
ResumenDescartado el recurso de amparo de la Abogacía del Estado al carecer de legitimación, el Gobierno ha movilizado a la desesperada al Defensor del Pueblo para que lleve el censo de la ley de nietos al Tribunal Constitucional. Como ha informado ABC, solo esta institución ... puede defender derechos de terceros si no lo hacen los afectados de forma individual. La Fiscalía no podría hacerlo al no haber presentado el recurso de reposición que interpusieron los servicios jurídicos del Estado con el consiguiente rapapolvo del Tribunal Supremo (TS) por no cumplir sus órdenes.
Descartado el recurso de amparo de la Abogacía del Estado al carecer de legitimación, el Gobierno ha movilizado a la desesperada al Defensor del Pueblo para que lleve el censo de la ley de nietos al Tribunal Constitucional. Como ha informado ABC, solo esta institución ... puede defender derechos de terceros si no lo hacen los afectados de forma individual. La Fiscalía no podría hacerlo al no haber presentado el recurso de reposición que interpusieron los servicios jurídicos del Estado con el consiguiente rapapolvo del Tribunal Supremo (TS) por no cumplir sus órdenes. Según ha podido saber ABC de fuentes de la máxima solvencia, el Defensor del Pueblo ha pedido al tribunal que adopte medidas cautelarísimas, es decir, sin oír a las partes. Su intervención se produce 'in extremis' para denunciar la vulneración del derecho al sufragio de los 163.000 electores a los que el Supremo ha expulsado del Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) a la espera de que acrediten que se nacionalizaron bajo el paraguas de la disposición adicional octava de la ley de Memoria Democrática (conocida como ley de nietos ) y no de la polémica instrucción de Sofía Puente que estableció una presunción de arraigo.El Gobierno es consciente de que el estudio individual de los 163.000 expedientes con las elecciones a la vuelta de la esquina ya no es posible (tampoco ha aportado cifras del trabajo realizado en este sentido en el último mes, como le reprochó el Supremo), por lo que esta maniobra es la única opción que tiene en estos momentos en sus manos para intentar evitar que esos votos queden fuera. El mandato del Supremo es claro: solo los nacionalizados que hayan justificado el arraigo conforme a la ley podrán votar y podrán ser incluidos en el censo. Al Gobierno no le vale con acreditar dos o tres centenares de expedientes correctamente constituidos. Quiere conservar íntegro ese censo exterior. Y eso es lo que intenta Gabilondo con este movimiento.El TC no está por laborSin embargo, con el procedimiento en marcha y sin haber finalizado el trámite de alegaciones que se ha dado a los afectados para que se personen en el procedimiento, la actuación del Defensor del Pueblo parece, a todas luces, prematura. Fuentes próximas a la presidencia aseguraron que el propio Tribunal Constitucional no tiene intención de intervenir en este procedimiento mientras esté abierto en el Tribunal Supremo y éste no haya dado una respuesta a los perjudicados que se hayan personado. La pieza, por tanto, sigue abierta, a la espera de un pronunciamiento definitivo de la Sala Tercera, y el tiempo corre en contra del Ejecutivo. Hasta que los autos del Supremo no han estado publicados en el BOE, este viernes no ha empezadoa correr el plazo de cinco días que el Alto Tribunal dio a los afectados. Las fuentes citadas recordaron a ABC que este órgano tiene que mantenerse al margen porque el asunto se encuentra en plena tramitación en la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por lo que constituye «una competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria y de la administración electoral». En este sentido no está claro que el movimiento del Defensor del Pueblo vaya en a tener acogida en el órgano de garantías.Hasta que los autos del Supremo no estén publicados en el BOE, no empieza a correr el plazo de cinco días que el Alto Tribunal dio a los afectadosComo regla general ineludible antes de acudir en amparo al Tribunal Constitucional, los afectados que consideren lesionado su derecho fundamental (en este caso al sufragio) estarían obligados a interponer un incidente de nulidad de actuaciones ante el propio Tribunal Supremo, abriendo un nuevo periodo de quince días para que este órgano tenga la oportunidad de subsanar la lesión del derecho en cuestión (derecho al sufragio).Respecto a la vía de las cautelares, lo cierto es que si el TC ya es restrictivo a la hora de admitir amparos, más debería serlo cuando se trata de adoptar una medida cautelarísima en el marco de una pieza de medidas cautelares . Hay quien habla incluso de acordar esto podría constituir directamente un delito de prevaricación.El artículo 17 de la ley que regula la institución del Defensor del Pueblo señala en su apartado segundo que no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial, «y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiere por persona interesada demanda o recurso ante las Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional»."Indefensión procesal"El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), órgano de representación de la emigración y su descendencia, ha interpuesto una solicitud urgente de amparo ante el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, para que intervenga de inmediato en defensa del derecho al voto de los 163.020 españoles residentes en el extranjero que han obtenido la nacionalidad a través de la Ley de Memoria Democrática y la posterior instrucción. Pretenden que frene los efectos de los dos autos dictados por el Tribunal Supremo que suspendieron cautelarmente el censo exterior de nietos.Ante la cercanía de las elecciones del 29-N, el órgano de representación de la emigración, adscrito al Ministerio de Inclusión, reclama que el Defensor del Pueblo haga uso de su papel de defensa de los derechos constitucionales para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El Consejo General exige también que se adopten «medidas cautelarísimas», es decir, sin escuchar a las partes, y que se suspendan, también cautelarmente, los dos autos del Supremo garantizando que ningún afectado sea privado del derecho a votar.El escrito del CGCEE fundamenta la petición de restitución del derecho al sufragio en la «indefensión procesal y falta de audiencia» a los perjudicadosEl escrito del CGCEE fundamenta la petición de restitución del derecho al sufragio en la «indefensión procesal y falta de audiencia» a los afectados. Ninguna de las 163.020 personas que se pueden ver vetadas en estas generales ha sido escuchada en el procedimiento judicial abierto a raíz de las denuncias presentadas por Vox y Iustitia Europa. Para el órgano de la emigración, habilitar un plazo de solo cinco días para personarse es imposible de aprovechar para un colectivo disperso por decenas de países, arguyen.El Consejo General denuncia también el incumplimiento del principio constitucional de igualdad frente al resto de personas que adquirieron la nacionalidad por la misma norma y residen en España. Mientras estos últimos podrán votar sin problema, los que residen en el extranjero se les priva del sufragio en base a su domicilio.En línea con lo argumentado por la Abogacía del Estado, añaden también que el incremento del censo CERA no supone una amenaza para la integridad y transparencia de las elecciones. Destaca que las tasas de crecimiento del censo recientes son inferiores a las registradas entre 2009 y 2014 a cuenta de la Ley de Memoria Histórica e inciden en que la participación electoral del colectivo ronda históricamente el 10 % tras la eliminación del voto rogado, por lo que la afección real sobre los resultados estaría muy acotada, mantienen.El Defensor del Pueblo es un alto comisionado de las Cortes Generales (orgánicamente no pertenece al Gobierno ni al Poder Judicial). Lo eligen las Cortes Generales con una mayoría reforzada de tres quintos en el Congreso y el Senado. Su misión es defender los derechos y libertades de los ciudadanos reconocidos en el Título I de la Constitución Española. Su actividad está regulada por una ley orgánica específica. Desde noviembre de 2021 este puesto lo ocupa el exministro de Cultura con Zapatero y candidato del PSOE en Madrid, Ángel Gabilondo, que finaliza su mandato el mes que viene. «Caminos imposibles»Gabilondo se ha pronunciado abiertamente sobre el censo de nietos. Hace apenas unos días, antes de que el Supremo confirmara la suspensión del censo, defendió que la nacionalidad lleva aparejado el derecho al voto. En este sentido pidió no abrir «caminos imposibles» para determinar «quiénes son verdaderamente españoles, muy españoles o muy muy españoles». «No se puede ser español con derecho a voto o español sin derecho a voto; sino que si eres español, tienes derecho al voto», ha afirmado. Gabilondo ha añadido que, una vez reconocida la nacionalidad, ese derecho no se puede «quitar y poner según el día de la semana». A su juicio, la concesión de la nacionalidad a hijos y nietos de exiliados a través de esta ley responde al «mejor espíritu de la Transición».