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Hacienda elaboró un certificado a medida para avalar la deuda de Plus Ultra

Resumen

El aval de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a la deuda de Plus Ultra es uno de los puntos relevantes de la investigación abierta en la Audiencia Nacional. Expertos en la materia detallan a ABC que los documentos recabados por el ... juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama revelan que desde la Administración se elaboró un certificado a medida de esta obligación con el objetivo de que la aerolínea pudiera acceder al rescate de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) que proporcionó 53 millones de euros a la compañía.El auto del magistrado saca a colación este tema en un epígrafe específico que tiene por título 'Deuda de Plus Ultra con la Seguridad Social'. El juez describe las circunstancias relativas al aplazamiento de sus deudas que Plus Ultra tenía contraídas con la Seguridad Social , y su incidencia directa sobre el acceso a la ayuda pública otorgada por la SEPI.

El aval de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a la deuda de Plus Ultra es uno de los puntos relevantes de la investigación abierta en la Audiencia Nacional. Expertos en la materia detallan a ABC que los documentos recabados por el ... juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama revelan que desde la Administración se elaboró un certificado a medida de esta obligación con el objetivo de que la aerolínea pudiera acceder al rescate de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) que proporcionó 53 millones de euros a la compañía.El auto del magistrado saca a colación este tema en un epígrafe específico que tiene por título 'Deuda de Plus Ultra con la Seguridad Social'. El juez describe las circunstancias relativas al aplazamiento de sus deudas que Plus Ultra tenía contraídas con la Seguridad Social , y su incidencia directa sobre el acceso a la ayuda pública otorgada por la SEPI. A continuación, José Luis Calama pone de relieve una reunión de José Luis Rodríguez Zapatero con el exministro José Luis Escrivá.Y es que las medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, establecía como condición 'sine qua non' para acceder a las ayudas públicas del Fondo de Apoyo a la Solvencia que la empresa beneficiaria se hallase al corriente, a 31 de diciembre de 2019, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Esta verificación correspondía a la SEPI y su falsedad habría anulado el acuerdo de concesión del rescate.Noticia relacionada general No No Hazte Oír pide imputar a la mujer e hijas de Zapatero por su vinculación en el caso Plus Ultra ABCPara ello, Plus Ultra presentó su solicitud de acceso a la ayuda el 1 de septiembre de 2020, acompañada de dos certificados de la TGSS. Uno de ellos firmado por José Luis Encinas Prado , subdirector general adjunto de la TGSS, con fecha 20 de agosto de 2020. «No tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social», detallaba.El segundo, que fue firmado ese mismo día, contaba con la rúbrica de Belén Fruiters Casado , jefa de sección de la Tesorería en Madrid. «No tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social» y que, a fecha del 31 de diciembre de 2019, la empresa se encontraba al corriente en sus obligaciones.Los certificadosAnalizados estos dos expedientes, fuentes expertas en este procedimiento destacan a ABC que llama la atención que los certificados emitidos a favor de Plus Ultra no presentan la redacción estándar que la TGSS utiliza invariablemente en sus certificados de estar al corriente. El certificado ordinario, cuyo modelo oficial consta acreditado, lleva por título 'Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social' y su parte dispositiva emplea la siguiente fórmula, invariable en todos los supuestos: 'Certifica: Que conforme a los datos que obran en la Tesorería General de la Seguridad Social, el solicitante arriba referenciado se encuentra al corriente de sus obligaciones de Seguridad Social'.Las claves del caso Zapatero Borja MéndezSin embargo, los certificados de Plus Ultra recogidos en el auto no reproducen esa fórmula. En su lugar, emplean una redacción absolutamente inédita en la práctica administrativa: «Plus Ultra no tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social». «El apartamiento de la fórmula estándar permite preguntarse si se buscó una redacción diferente para sortear esta exigencia legal», señalan estas fuentes a ABC.Una deuda aplazada equivale a estar al corriente siempre que se cumplan las condiciones impuestas. Sin embargo, en el momento en el que existe un incumplimiento, la Administración de la Seguridad Social cancela el aplazamiento, se abre el periodo ejecutivo y se dicta providencia de apremio con el recargo correspondiente (ordinariamente del 20% sobre el principal).Lo extraño aquí es que, de acuerdo con las conversaciones mantenidas por miembros de Plus Ultra, Roberto Roselli y Juan Antonio Cáceres Rodríguez , recogidas en el auto, la propia compañía era consciente de la dificultad de esa operación. Roselli preguntó a Cáceres si podía aplazarse el pago de la TGSS, lo que supondría solicitar «una segunda reconsideración sin tener todavía aprobada la de marzo».La respuesta de Cáceres no se hizo esperar: «La TGSS nunca ha visto con buenos ojos varias reconsideraciones de deudas en el mismo año». «Además del riesgo de no poder aplicar las exoneraciones», añadió. El informe técnico de Deloitte , asesor externo contratado por la SEPI y fechado el 26 de febrero de 2021, reveló que Plus Ultra había facilitado una resolución estimatoria de aplazamiento de deuda con la TGSS, de fecha 5 de octubre de 2020. Esta deuda ascendía a 451.954,79 euros y comprendía un periodo que va desde julio de 2017 hasta mayo de 2020.José Luis Calama se muestra contundente en su auto sobre este aval. «Se han detectado más indicios de que Plus Ultra habría aportado datos falsos alterando la identidad del verdadero titular de una deuda pendiente para facilitar la obtención de la ayuda», expone el magistrado en el primer escrito conocido del caso por el que se citó como investigado a Rodríguez Zapatero .Los certificados de «estar al corriente» emitidos por la TGSS el 20 de agosto de 2020 serían incompatibles con la situación real de la empresa, que arrastraba deuda desde julio de 2017 y que incumplía sucesivamente las condiciones de los aplazamientos concedidos. Por este motivo, la TGSS no habría certificado que la compañía está al corriente, sino que utilizó una fórmula que le permitiera sortear la exigencia legal.