El abogado general de la UE avala el tasazo a las energéticas: "es legítimo" en situaciones excepcionales
ResumenEspaldarazo de Luxemburgo al tasazo a los beneficios extraordinarios de las empresas energéticas. El Abogado General de la UE Athanásios Rantos ha avalado hoy los impuestos cargados sobre las grandes empresas eléctricas y petroleras del bloque comunitario, entre ellas las españolas, con motivo de la fortísima subida de los precios de la energía que experimentó la UE con la invasión de Ucrania por parte de Rusia en 2022. El letrado, cuya posición no es vinculante para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero que acostumbra a coincidir con la sentencia que pronuncia más tarde la cámara, considera que "el Reglamento europeo [que da amparo al impuestazo], así como las medidas nacionales que de él se derivan, siguen siendo legítimas a raíz de su carácter excepcional y temporal". El Consejo de la Unión Europea aprobó un Reglamento por el que se establecía una contribución solidaria temporal sobre los beneficios extraordinarios obtenidos en 2022 y 2023 por las empresas de los sectores del petróleo, el gas natural, el carbón y la refinería, siempre que dichos beneficios superasen en un 20% la media de los beneficios imponibles en los cuatro ejercicios anteriores.
Espaldarazo de Luxemburgo al tasazo a los beneficios extraordinarios de las empresas energéticas. El Abogado General de la UE Athanásios Rantos ha avalado hoy los impuestos cargados sobre las grandes empresas eléctricas y petroleras del bloque comunitario, entre ellas las españolas, con motivo de la fortísima subida de los precios de la energía que experimentó la UE con la invasión de Ucrania por parte de Rusia en 2022. El letrado, cuya posición no es vinculante para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero que acostumbra a coincidir con la sentencia que pronuncia más tarde la cámara, considera que "el Reglamento europeo [que da amparo al impuestazo], así como las medidas nacionales que de él se derivan, siguen siendo legítimas a raíz de su carácter excepcional y temporal". El Consejo de la Unión Europea aprobó un Reglamento por el que se establecía una contribución solidaria temporal sobre los beneficios extraordinarios obtenidos en 2022 y 2023 por las empresas de los sectores del petróleo, el gas natural, el carbón y la refinería, siempre que dichos beneficios superasen en un 20% la media de los beneficios imponibles en los cuatro ejercicios anteriores. Ante esta situación, los Tribunales Constitucionales de Italia y Bélgica, así como el Tribunal Superior de Irlanda, plantearon cuestiones prejudiciales al TJUE para aclarar la validez de la normativa, unas dudas que ahora comienzan a despejarse. Para Rantos, "la contribución solidaria es una medida económica urgente, temporal y proporcionada, destinada a mitigar los efectos de la crisis energética para las empresas y los consumidores, mediante un esfuerzo coordinado de los Estados miembros de acuerdo con el principio de solidaridad". Por ese motivo, y dado que no se busca una armonización fiscal total, sino que los países tienen libertad para aplicar o no la tasa, el Abogado General entiende que no era necesario el voto por unanimidad del Consejo que suelen requerir las cuestiones fiscales. En principio, este impuesto estaba limitado a nivel europeo a los sectores del petróleo, el gas natural, el carbón y la refinería, pero el Abogado General de la UE avala también que algunos países lo extendieran a otro tipo de compañías, como las eléctricas. A su juicio, la restricción por sectores "no impide que los Estados miembros, en el marco de sus competencias fiscales, amplíen la contribución a otras entidades a aquellas que hayan obtenido beneficios energéticos excepcionales debido a las particularidades de su mercado de la energía, siempre que la carga global y los objetivos de las medidas nacionales sigan siendo equivalentes a los de la normativa europea". Rantos también entiende que los países son libres de elegir las empresas afectadas por el impuesto siempre que se haga con base en criterios objetivos. El letrado sostiene que "la limitación a determinados operadores, basada en criterios objetivos y dirigida a las empresas más importantes en términos de cuota de mercado, no constituye una diferencia de trato selectiva. Por lo tanto, no constituye una ayuda de Estado". En el caso de España, el impuesto se fijó para empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios superara los 1.000 millones de euros en el ejercicio 2019, lo que dejaba fuera de su alcance a compañías más pequeñas y ponía el foco en gigantes como Iberdrola, Endesa, Repsol, Naturgy, Cepsa y EDP. Con este impuesto, el Estado logró ingresar algo menos de 3.000 millones de euros, un dinero que se destinó a la red de seguridad que se puso en marcha para subvencionar los precios de la energía o el transporte. El fin de esta recaudación es fundamental, pues la norma establecía que los fondos recaudados debían destinarse a mitigar los efectos de la crisis energética en los hogares, las empresas y la economía. Este reconocimiento por parte del Abogado General de la UE allana el camino para que una sentencia favorable del TJUE pudiera abrir la puerta a repetir el tasazo a las energéticas a nivel comunitario. Aunque el pronunciamiento se refiere al periodo de 2022 y 2023 y a los efectos de la guerra de Ucrania, los precios de la energía se han vuelto a disparar este año ante la crisis en Oriente Próximo desatada por el cierre del estrecho de Ormuz por la guerra de EEUU e Israel en Irán. Se trata de una postura que el actual Gobierno de España ha defendido en numerosas ocasiones en Bruselas con el objetivo de que se vuelva a poner en marcha un esquema comunitario de impuestos similar al de la crisis energética anterior. El hecho de lanzar este impuesto de forma coordinada busca evitar que los diferentes Estados miembros compitan fiscalmente los unos con los otros por la atracción de las empresas. Ayer, el presidente de Iberdrola, Ignacio Galán, destacó que todas las conversaciones en Europa giran ahora en torno al petróleo y al gas y no a la electricidad. El máximo responsable de la compañía recordó las recomendaciones de la Unión Europea que abogan por recortar los impuestos sobre la electricidad para favorecer la menor dependencia de combustibles fósiles más que centrarse en un impuesto generalizado sobre cualquier compañía energética.