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Expansión ·

Abogados, procuradores, arquitectos, ingenieros y médicos podrán mejorar su pensión en el sistema público

Resumen

El Congreso aprobó definitivamente hoy la pasarela al RETA para los mutualistas, sin ningún voto en contra y con la abstención de PP y Vox, que abre una ventana para que un colectivo de más 100.000 autónomos puedan beneficiarse de las condiciones ventajosas que ofrece la Seguridad Social a efectos de pago de prestaciones, especialmente en el momento de la jubilación. La medida impulsada por el departamento de Elma Saiz y articulada a través de una proposición de ley del PSOE permitirá que los colectivos profesionales de abogados, procuradores, ingenieros y médicos puedan traspasar sus fondos acumulados en el colegio profesional al sistema público, de modo que pasen a insertarse en el régimen de autónomos abandonado la alternatividad -quienes cotizan a la mutualidad en lugar de a la Seguridad Social, quedando cubiertas sus contingencias por la entidad de previsión social-. Dos años después de que el Gobierno comenzase a maniobrar para buscar una solución a situaciones en las que los mutualistas se encuentran con exiguas rentas de jubilación en el momento del retiro laboral, las negociaciones entre los partidos políticos, las asociaciones de afectados y las mutualidades han versado en los requisitos en los que se permitirá el trasvase de fondos. Es decir, las condiciones de la pasarela mediante la cual estos profesionales podrán canjear su capital acumulado en años cotizados a la Seguridad Social.

El Congreso aprobó definitivamente hoy la pasarela al RETA para los mutualistas, sin ningún voto en contra y con la abstención de PP y Vox, que abre una ventana para que un colectivo de más 100.000 autónomos puedan beneficiarse de las condiciones ventajosas que ofrece la Seguridad Social a efectos de pago de prestaciones, especialmente en el momento de la jubilación. La medida impulsada por el departamento de Elma Saiz y articulada a través de una proposición de ley del PSOE permitirá que los colectivos profesionales de abogados, procuradores, ingenieros y médicos puedan traspasar sus fondos acumulados en el colegio profesional al sistema público, de modo que pasen a insertarse en el régimen de autónomos abandonado la alternatividad -quienes cotizan a la mutualidad en lugar de a la Seguridad Social, quedando cubiertas sus contingencias por la entidad de previsión social-. Dos años después de que el Gobierno comenzase a maniobrar para buscar una solución a situaciones en las que los mutualistas se encuentran con exiguas rentas de jubilación en el momento del retiro laboral, las negociaciones entre los partidos políticos, las asociaciones de afectados y las mutualidades han versado en los requisitos en los que se permitirá el trasvase de fondos. Es decir, las condiciones de la pasarela mediante la cual estos profesionales podrán canjear su capital acumulado en años cotizados a la Seguridad Social. Cabe recordar, no obstante, que los cerca de 100.000 autónomos alternativos participan de un sistema de capitalización, que desde 1995 ha funcionado como una opción alternativa, legal y voluntaria al RETA. Bajo este régimen, los trabajadores por cuenta propia de los colectivos mencionados han estado obligados a aportar a la mutualidad al menos el 80% de la base mínima de cotización de autónomos en la Seguridad Social. Es este el origen principal de los bajos retornos percibidos en el momento de la jubilación, ya que sus rentas dependen del nivel de aportaciones que mensuales que se realizan. ¿Qué autónomos pueden acogerse? Podrán acceder a la pasarela al RETA todos los mutualistas alternativos. Unos 100.000 en activo, entre los abogados (que copan la mitad de todos ellos, unos 50.000), arquitectos, procuradores, médicos e ingenieros -colectivos que concentran el sistema de alternatividad en España-. Los interesados tendrán un año para acogerse a la pasarela desde el momento de la entrada en vigor del reglamento que detallará las condiciones de traspaso de fondos. Sin colectivos excluidos El texto inicial establecía dos requisitos para poder acceder a la pasarela: carecer del periodo mínimo para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de Seguridad Social, lo que dejaba fuera a 47.000 profesionales, y no tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa excepto si se trata de una pensión de viudedad. Ahora, con la aprobación de la enmienda del PP que elimina cualquier tipo de restricciones de entrada a la pasarela ambos grupos de mutualistas tendrían abiertas las puertas de la Seguridad Social. Si bien, quedará pendiente del desarrollo reglamentario establecer el modo en el que, especialmente los pasivos (aquellos que ya están jubilados) pueden acceder al sistema publico ya que actualmente se encuentran consumiendo ya sus fondos acumulados como rentas de jubilación. Coeficiente de conversión Igualmente, queda en el aire a expensas de su desarrollo reglamentario, que deberá de producirse en un plazo de tres meses, el coeficiente fijado incialmente en el 0,77 para la conversión de los derechos económicos acumulados a períodos cotizados y para el cálculo de las bases reguladoras de las prestaciones y pensiones en el RETA sobre la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador de haber estado incluido en el RETA, actualizada al lPC. Otro de los puntos que han salido adelante con las enmiendas del PP es que todo el tiempo suscrito obligadamente suscrito a un régimen de mutualidad de previsión social sustitutiva hasta que pasó a ser alternativa se compute como tiempo de afiliación y alta al RETA a efectos del cómputo del periodo de carencia que se exige para la prestación de jubilación. Por lo que no cabría coeficiente corrector de sustanciarse la enmiendas en el reglamento y cada año en la mutualidad contaría como un año en el RETA con independencia de lo que se haya aportado al colegio profesional. Quienes efectúen la transferencia quedarán encuadrados de forma obligatoria e irreversible en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Mayores de 55 años Se reconoce el denominado uno por uno a los mutualistas mayores de 55 años. De modo que, con independencia del nivel de aportación al colegio profesional, cada año de aportación a este se considerará como cotizado a la Seguridad Social a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación. "Se computará cada mes completo de alta y cotizado en la mutualidad alternativa como un mes completo de alta en el RETA para aquellos mutualistas mayores de 55 años a 31 de diciembre de 2025", señala el texto. Quienes rechacen la pasarela No obstante, los mutualistas podrán decidir no traspasar sus fondos al sistema público de la Seguridad Social. Sin embargo, con el objetivo de reforzar sus futuras rentas procedentes del colegio profesional, se obligará que progresivamente tengan que elevar su aportación mínima a la mutualidad hasta llegar al 100% de la base mínima de cotización del RETA. Se incrementará progresivamente hasta alcanzar este nivel en 2028, de forma que en 2026 ascenderá al 86% y en 2027 al 93% de la de la cuota resultante de aplicar el tipo general de cotización establecido para contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Fin de la alternatividad Aunque los actuales mutualistas podrán decidir abstenerse de la pasarela al RETA y mantenerse cotizando al colegio profesional, la reforma preveía la extinción del sistema alternativo a la Seguridad Social. Desde el 1 de enero de 2028 los trabajadores que iniciaran su actividad profesional por cuenta propia, es decir como autónomos, deberían solicitar obligatoriamente el alta en el RETA sin excepción, según los planes del Gobierno. Ahora una enmienda de Junts que también salió adelante en el pleno da un poco de aire a las mutualidades en este aspecto, que había sido el principal caballo de batalla de las entidades en la negociación de la pasarela al RETA: poder seguir manteniendo vivo el negocio de la alternatividad. La enmienda aprobada dicta que los mutualistas que quieran optar por este régimen tienen que tener los mismos derechos que el ordenamiento jurídico en su conjunto reconozca a los trabajadores por cuenta propia o autónomos y cuya financiación no se encuentre estrictamente vinculada a las cotizaciones a dicho régimen especial. Mientras que se posterga el examen de evaluación: en lugar de antes del 31 de diciembre de 2027, se demora hasta el 31 de diciembre de 2030, el informe de evaluación que deberá elaborar el Gobierno sobre el régimen de alternatividad de las mutualidades de previsión social con respecto al RETA. Plazo de transferencias de los fondos La ley posterga al desarrollo reglamentario la fórmula con los términos y condiciones de la trasferencia de derechos económicos acumulados, y para la conversión de dichos derechos a períodos cotizados en el RETA desde la mutualidad a la Seguridad Social. No obstante, según traslada a EXPANSIÓN fuentes de la negociación sería voluntad del Gobierno que estas transferencias tengan lugar en el momento del hecho causante. Es decir, que a pesar de que el autónomo se inserte en el sistema público al acogerse a la pasarela, no sea hasta el momento de su jubilación que la mutualidad transfiera el capital acumulado. De otro modo, se produciría un drenaje masivo de fondos de estas entidades.