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Zapatero pide al juez y a Hacienda que suspendan la inspección fiscal

Resumen

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama y a la Agencia Tributaria que suspenda los procedimientos de inspección fiscales abiertos en su contra y de su esposa, Sonsoles Espinosa, con efecto inmediato.En un primer escrito, remitido al magistrado que le investiga como el presunto líder de una red de tráfico de influencias, su letrado indica que ha solicitado a la Agencia Tributaria «la suspensión de las actuaciones inspectoras por prejudicialidad penal al entender que la investigación penal actualmente en curso tiene por objeto unos hechos al menos parcialmente coincidentes con los que sirven de fundamento a las actuaciones inspectoras».A juicio de su abogado, «la continuación de la tramitación administrativa haría decaer los derechos fundamentales que amparan» a Zapatero, «vulnerando la doctrina consolidada del Tribunal Supremo sobre la prevalencia de la jurisdicción penal y el respeto al principio» del non bis in idem , es decir, no ser juzgado dos veces por los mismos hechos.Noticia relacionada general No No Una pregunta de la Agencia Tributaria al juez revela que Hacienda investiga a Zapatero y a sus hijas Juanma Poderoso DíazSu letrado explica, además, que Zapatero se encuentra casado con María Sonsoles Espinosa, y que ambos han presentado declaraciones conjuntas de IRPF, por lo que «la instrucción del presente procedimiento penal sobre la actividad económica y rentas» del expresidente «podría tener incidencia también en el procedimiento administrativo abierto a su cónyuge, lo que determina también la procedencia de su suspensión».Afecta a su derecho de defensaEn el otro escrito, remitido en este caso a la dependencia regional de inspección de Madrid, la representación de Zapatero carga con dureza contra la decisión de Hacienda, a quien acusa de abrir un procedimiento inspector después de que lo hiciera el magistrado, proyectando «sus requerimientos sobre conceptos, periodos y fuentes de información que pueden servir para construir o reforzar la imputación penal». «Quiere decirse con ello que pese a existir un procedimiento penal en tramitación, la Agencia Tributaria decide unilateral y caprichosamente iniciar un procedimiento inspector con el mismo alcance, algo constitucionalmente vedado, toda vez que el orden penal es preferente a cualquier orden jurisdiccional», afirma su letrado. En este sentido, indica que «iniciar un procedimiento inspector una vez está iniciado un procedimiento penal por los mismos hechos afecta directamente al derecho de defensa y al derecho a la no autoincriminación». «La continuación de la inspección en esos términos coloca» a Zapatero, según su abogado, «en una alternativa constitucionalmente diabólica, pues colaborar activamente con la Agencia Tributaria puede ser utilizado en su contra en el proceso penal o, en el caso contrario, exponerse a reproches administrativos por resistencia, obstrucción, excusa o negativa».Precisamente por ello, continúa, hay que suspender inmediatamente el presente procedimiento por prejudicialidad penal hasta tanto finalice el referido procedimiento preferente.

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama y a la Agencia Tributaria que suspenda los procedimientos de inspección fiscales abiertos en su contra y de su esposa, Sonsoles Espinosa, con efecto inmediato.En un primer escrito, remitido al magistrado que le investiga como el presunto líder de una red de tráfico de influencias, su letrado indica que ha solicitado a la Agencia Tributaria «la suspensión de las actuaciones inspectoras por prejudicialidad penal al entender que la investigación penal actualmente en curso tiene por objeto unos hechos al menos parcialmente coincidentes con los que sirven de fundamento a las actuaciones inspectoras».A juicio de su abogado, «la continuación de la tramitación administrativa haría decaer los derechos fundamentales que amparan» a Zapatero, «vulnerando la doctrina consolidada del Tribunal Supremo sobre la prevalencia de la jurisdicción penal y el respeto al principio» del non bis in idem , es decir, no ser juzgado dos veces por los mismos hechos.Noticia relacionada general No No Una pregunta de la Agencia Tributaria al juez revela que Hacienda investiga a Zapatero y a sus hijas Juanma Poderoso DíazSu letrado explica, además, que Zapatero se encuentra casado con María Sonsoles Espinosa, y que ambos han presentado declaraciones conjuntas de IRPF, por lo que «la instrucción del presente procedimiento penal sobre la actividad económica y rentas» del expresidente «podría tener incidencia también en el procedimiento administrativo abierto a su cónyuge, lo que determina también la procedencia de su suspensión».Afecta a su derecho de defensaEn el otro escrito, remitido en este caso a la dependencia regional de inspección de Madrid, la representación de Zapatero carga con dureza contra la decisión de Hacienda, a quien acusa de abrir un procedimiento inspector después de que lo hiciera el magistrado, proyectando «sus requerimientos sobre conceptos, periodos y fuentes de información que pueden servir para construir o reforzar la imputación penal». «Quiere decirse con ello que pese a existir un procedimiento penal en tramitación, la Agencia Tributaria decide unilateral y caprichosamente iniciar un procedimiento inspector con el mismo alcance, algo constitucionalmente vedado, toda vez que el orden penal es preferente a cualquier orden jurisdiccional», afirma su letrado. En este sentido, indica que «iniciar un procedimiento inspector una vez está iniciado un procedimiento penal por los mismos hechos afecta directamente al derecho de defensa y al derecho a la no autoincriminación». «La continuación de la inspección en esos términos coloca» a Zapatero, según su abogado, «en una alternativa constitucionalmente diabólica, pues colaborar activamente con la Agencia Tributaria puede ser utilizado en su contra en el proceso penal o, en el caso contrario, exponerse a reproches administrativos por resistencia, obstrucción, excusa o negativa».Precisamente por ello, continúa, hay que suspender inmediatamente el presente procedimiento por prejudicialidad penal hasta tanto finalice el referido procedimiento preferente. Y es que, añade, «la inspección no solicita únicamente documentos aislados, sino una colaboración activa en forma de consentimiento para el acceso bancario y, previsiblemente, explicaciones sobre el origen, adquisición, tenencia, valoración y eventual tratamiento fiscal de determinados bienes que ya constituyen el núcleo de una imputación penal». «Obligar a esa colaboración bajo la advertencia de una sanción administrativa compromete de modo directo el derecho de defensa penal», anuda.Anticorrupción debe informar al juezFue el pasado viernes cuando el juez Calama pidió a la Fiscalía Anticorrupción que informase sobre si procede paralizar la inspección que la Agencia Tributaria tiene abierta contra el expresidente del Gobierno, su mujer, sus hijas y la sociedad de estas últimas durante el transcurso de la instrucción de la causa.El magistrado se dirigió al Ministerio Público después de que Hacienda le remitiera una comunicación en la que informaba que en la dependencia regional de inspección de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Madrid se siguen actuaciones de comprobación e investigación inspectora contra todos ellos por cuestiones relativas al IVA, el IRPF, el impuesto sobre las grandes fortunas y el impuesto sobre el patrimonio.Se tratan, en concreto, de averiguaciones que comprenden de 2021 a 2024. La Agencia Tributaria, sin embargo, explicaba que «la determinación o imputación de las obligaciones tributarias de los distintos contribuyentes en sus procedimientos administrativos podría depender directamente de los hechos y conductas que están siendo investigados» en la Audiencia Nacional, «aun cuando éstas se pudieran referir a períodos impositivos diferentes a los que alcanzan las actuaciones inspectoras».