Dudas sobre la devolución de la tasa de basuras en Madrid: ¿quién recibirá el reembolso?
ResumenEl Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid estimó ayer los recursos interpuestos por varias instituciones contra la tasa de basuras de Madrid, declarando su nulidad por un error de procedimiento. Desde su puesta en marcha, 130.000 contribuyentes madrileños presentaron recurso a la tasa municipal, si bien los afectados por la decisión judicial podrían ser muchos más, teniendo en cuenta que 1,4 millones de propietarios abonaron el cargo. Sin embargo, el TSJ madrileño cerró ayer la puerta a devoluciones masivas, a pesar de que el consistorio que lidera José Luis Martínez-Almeida ingresó alrededor de 300 millones de euros por este concepto, ahora declarado nulo. Por ello, "sólo aquel que ha recurrido podrá recuperar la tasa", considera Juan Manuel Herrero de Egaña, vocal del gabinete de Estudios y Relaciones Institucionales de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que ha liderado la reclamación de la organización contra la tasa de basuras de Madrid, una de las dos que ayer resolvió favorablemente el TSJ.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid estimó ayer los recursos interpuestos por varias instituciones contra la tasa de basuras de Madrid, declarando su nulidad por un error de procedimiento. Desde su puesta en marcha, 130.000 contribuyentes madrileños presentaron recurso a la tasa municipal, si bien los afectados por la decisión judicial podrían ser muchos más, teniendo en cuenta que 1,4 millones de propietarios abonaron el cargo. Sin embargo, el TSJ madrileño cerró ayer la puerta a devoluciones masivas, a pesar de que el consistorio que lidera José Luis Martínez-Almeida ingresó alrededor de 300 millones de euros por este concepto, ahora declarado nulo. Por ello, "sólo aquel que ha recurrido podrá recuperar la tasa", considera Juan Manuel Herrero de Egaña, vocal del gabinete de Estudios y Relaciones Institucionales de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que ha liderado la reclamación de la organización contra la tasa de basuras de Madrid, una de las dos que ayer resolvió favorablemente el TSJ. Según explica, un artículo en la Ley de Haciendas Locales hubiera permitido que el tribunal "extendiera también la declaración de nulidad a aquellas personas que no hubieran recurrido. Nosotros lo pedimos, pero, lamentablemente, han dicho que no". A tenor de esta decisión, el consistorio de la capital sólo estaría obligado a devolver las reclamaciones de los 130.000 propietarios que recurrieron la tasa el mes siguiente a su liquidación. Teniendo en cuenta que el importe medio de esta fue de 140 euros, el Ayuntamiento de Madrid únicamente tendrá que abonar 18,2 millones de los alrededor de 300 que ingresó el año pasado. Sin embargo, otras voces advierten de la posibilidad de que la devolución se extienda al resto de contribuyentes, como ocurrió con la plusvalía municipal. Para ello, desde Legálitas recomiendan "iniciar una acción de nulidad al amparo del artículo 217 de la Ley General Tributaria (LGT)". Esta postura podría tener sentido, según los asesores, teniendo en cuenta que ""la declaración de nulidad de pleno derecho equivale a inexistencia. Entonces, si no ha existido nunca la ordenanza, pues nunca ha debido devengarse el tributo", si bien muestran sus dudas sobre esta posibilidad. ¿Qué tendrán que hacer los afectados para recibir la devolución? Otro aspecto que genera incertidumbre entre los asesores fiscales son los plazos de esta devolución. Para dilucidarlo, un posible recurso de casación del Ayuntamiento de Madrid ante el Tribunal Supremo podría ser clave. Según señala Herrero de Egaña, si Martínez-Almeida decidiese acudir al Alto Tribunal los plazos se dilatarían incluso durante años. "El Supremo tardaría alrededor de un año en decidir si acepta o no el recurso de casación, y después tendría que deliberar". Por el momento, el consistorio madrileño se mantiene cauto, y ha pedido "prudencia" y no "frivolidad" ante una tasa de basuras anulada de la que esperaban "calvario judicial", y no confirman que se vaya a recurrir, a la espera de que los servicios jurídicos municipales estudien la decisión judicial. Según explican desde la Aedaf, si el ayuntamiento no recurre, los contribuyentes que abonaron la tasa de basuras declarada ahora nula "no tendrán que hacer nada, y deberán devolverles lo pagado de oficio". Por ello, la decisión sobre su recurso será fundamental. Las claves del fallo En la sentencia del TSJ de Madrid, hecha pública en la tarde del lunes, los jueces argumentan varios defectos procedimentales para anular la tasa de basuras de Almeida. En primer lugar, la publicación no se realizó en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, sino en una web genérica, lo que constituye un defecto en la exposición pública del acuerdo. Por otro lado, durante el trámite de información pública se omitió la publicación íntegra del Informe Técnico-Económico (ITE) de la medida, el cual, además, no era lo suficientemente detallado, "siendo imposible conocer cómo se habían homogeneizado distritos ni contabilizado los kilos de residuos por actividad". Desde PwC señalan que el TSJ no entra en esta ocasión a resolver los restantes motivos de impugnación -ni los formales restantes ni los de fondo-, "lo que evidencia la gravedad que atribuye al vicio procedimental detectado", si bien "deja abierta la puerta a que dichos motivos puedan ser examinados en el futuro". Tras la sentencia, cabe recordar que el consistorio que lidera Martínez-Almeida modificó la ordenanza para 2026, "mejorando aspectos como la consideración del padrón o la exclusión de aparcamientos de uso industrial". Sin embargo, asesores y abogados fiscalistas no descartan otra sentencia contra el Ayuntamiento de Madrid, después de la impugnación que se encuentra en tramitación.